Advertencias válidas para todas las tipologías de estudiantes
Estudiantes extranjeros residentes al extranjero En el caso de doble ciudadanía, una de las cuales italianas, prevalece ésta última (ley 31 de mayo de 1995, n. 218 de reforma del sistema italiano de derecho internacional privado, art. 19 párrafo 2). Son equiparados a los comunitarios:
1. los ciudadanos de NORVEGIA, ISLANDA y LIECHTENSTEIN, (Reglamentos CEE nn. 1408/71, 1612/68 y
574/72, así como Reglamento n. 307/1999 que dispone la extensión a los estudiantes de las normas contenidas en los mismos Reglamentos 1408/71 y 574/72);
2. los ciudadanos de SUIZA (acuerdo bilateral subscrito en la fecha 21.06.1999 y ratificado en la fecha
17.04.2002 que acoge los Reglamentos 1408/71 y 307/99 arriba mencionados);
3. los ciudadanos de la República de San Marino (Tratado de Amistad y Buen Vecinado del 31 de marzo
de 1939, ratificado con ley 6 de junio de 1939, n. 132).
Siguen las normas previstas para los comunitarios
• los refugiados políticos; • el personal en servicio en las Representaciones diplomáticas extranjeras y en los Organismos
internacionales que tengan sede en Italia – acreditado en el Estado italiano o la Santa Sede – y relativos familiares en cargo, limitadamente a los cónyuges y hijos;
Las normas no se apliquen Excepto en lo concerniente a los títulos de estudio necesarios para el acceso y los relativos actos consulares:
1. a los candidatos beneficiarios de becas de estudio del Gobierno Italiano, para efecto de protocolos
ejecutivos de Acuerdos culturales y de programas de cooperación al desarrollo, cuyas matriculaciones son regladas por la D.G.P.C.C. Uff. VI y por la D.G.C.S. Uff. IX del Ministerio de Asuntos Exteriores;
2. a los estudiantes extranjeros beneficiarios de becas de estudio, asignadas para la entera duración de
los mismos cursos, por el Gobierno del País de proveniencia, en el ámbito de Acuerdos entre las Universidades italianas y las de los Países interesados. Estas categorias de estudiantes acceden a los cursos universitarios en supranúmero (art. 46, c.1, del D.P.R. 31.08.1999, n. 394 y siguientes modificaciones);
3. a los estudiantes beneficiarios de becas en el ámbito de programas comunitarios de enseñanza,
formación e investigación, a los cuales se aplican, en analogía, las instrucciones dadas por la D.G.P.C.C. Uff. VI del Ministerio de Asuntos Exteriores a las Representaciones diplomático-consulares para el programa “Erasmus Mundus”, así como eventuales, ulteriores instrucciones fornidas por el Centro Vistado de la D.G.I.E.P.M. del mismo Ministerio.
Las normas se aplican
• según la respectiva tipologíia del estudiante (comunitario, no comunitario residente al extranjero), a
los candidatos beneficiarios de beca asignadas por los Gobiernos de los Países de proveniencia autónomamente y fuera de condiciones pactadas.
Los términos previstos para los procedimientos relativos a los cursos universitarios, cuyo inicio es previsto por los Ateneos en el segundo semestre del año, son definidos en el calendario que anualmente es publicado por el MIUR.
1. Estudiantes extranjeros residentes al extranjero
PREMISA Los documentos redactos en lengua extranjera necesarios, excepto los casos previstos, tienen que ser acompañados por traducción oficial en lengua italiana. Los siguientes documentos tendrán que ser entregados a la Universidad en sede de perfeccionamiento de los procedimientos de matriculación.
1. Solicitud de preinscripción 2. Casos particulares 3. Evaluación preventiva de las candidaturas 4. Matriculación a condiciones agevoladas 5. Visado de entrada por razones de estudio/Universidad 6. Cumplimientos en el momento de la llegada en Italia 7. Documentación útil para participar a las pruebas de admisión 8. Admisión “con reserva” a las pruebas 9. Prueba de conocimiento de la lengua italiana 10. Dispensa de la prueba de conocimiento de la lengua italiana 11. Exámenes de admisión 12. Resultados de las pruebas de admisión a los cursos de licenciatura y de licenciatura magistral
programados y formación de las graduatorias
13. Plazas disponibles en el ámbito de los individuales cursos 14. Inscripción 15. Entrega de los documentos 16. Prórroga del permiso de residencia
I.1. Solicitud de preinscripción A. Los estudiantes interesados en los cursos de licenciatura o licenciatura magistral (5 años):
producen a la Representación italiana en el País de proveniencia la solicitud en original y más la dúplice copia
si tienen un títulos de estudio indican uno sólo de los cursos de estudios entre los cuales las Universidades reservan un específico número de plazas;
si tienen el bachillerado, puede escoger el curso indipendentemente del número de las plazas reservadas.
En ambos los casos, la solicitud es aceptada por las Representaciones diplomático-consulares con reserva.
Documentos necesarios para la solicitud
a. título final en origiinal de los estudios superiores, después de por lo menos 12 años de
escuela, o certificado sustitutivo válido;
b. certificado que atestigue la superación de la prueba de idoneidad académica si es necesaria
para el acceso a la Universidad del País de proveniencia (Selectividad en Espana, Prueba de Aferição o Prueba Geral de Acesso ao Ensino Superior en Portugal, etc.).
No es pedidala superación de exámenes in loco si éstos sean previstos para el acceso a cursos con número limitado. Si el título de los estudios secundarios es obtenido después de un período inferior a los 12 años de escuela, es necesario:
el certificado que atestigue los estudios académicos parciales ya hechos;
el título post-secundario conseguido en un Instituto Superior no universitario.
B. Los estudiantes interesados en los cursos de licenciatura o licenciatura magistral (3 + 2 años): -
que tienen el título de estudio conseguido al extranjero en una Universidad o en Institutos de Educación superior post-secundaria, producen a la Representación italiana en el País de proveniencia la solicitud de preinscripción en original, más una dúplice copia
Es posible consultar el listado de los cursos y del correspondiente número de plazas reservada por cada Ateneo en la página web del Ministerio de la Educación, de la Universidad y de la Investigación:
www.miur.it > studenti e diritto allo studio > studenti stranieri
MAE: www.esteri.it > politica estera > politica culturale > attività > cooperazione universitaria > iscrizione studenti stranieri.
El listado es publicitado también por las Universidades y por las Representaciones italianas al extranjero. Son aceptadas “con reserva” las solicitudes de los que, aunque habiendo acabado el curso de estudios, no tengan todavía materialmente el relativo tíitulo. Documentos obligatorios para la solicitud
• título de estudio conseguido en una Universidad; • título post-secundario conseguido en un Instituto Superior no universitario que permita la
prosecución de los estudios universitarios al nivel sucesivo;
• certificado entregado por la competente Universidad – confirmado por la Representación
diplomática – con los exámenes superados y, para cada disciplina, los programas detallados;
• como alternativa puede ser exhibido el “diploma supplement”, donde adoptado; • dos fotografías (de las cuales una autenticada por la Representación italiana competente en el
De toda manera, los candidatos tienen que exhibir a la Representación Diplomática Consular italiana los títulos de estudio ya legalizados por las competentes Autoridades del País que los ha entregados donde
I.2. Casos particulares Los candidatos pueden presentar la solicitud a la Representación italiana que se encuentre en otro País.
En los casos en los cuales el título haya sido entregado por escuelas con ordenamiento diferente de lo del País en el cual el candidato viva o en el cual estudie o haya estudiado, el título tiene que de toda manera ser munido de legalización y de “declaración de valor” de la Representación italiana en el País al cuyo ordenamiento pertenece la escuela que lo entregó.
En los casos en los cuales el título de estudio haya sido entregado por una Universidad o por un Instituto superior no universitario tiene que, de toda manera, ser munido de legalización y de la declaración de valor de la Representancia italiana en el País al cuyo ordenamiento pertenece el instituto que lo entregó.
I.3. Evaluación preventiva de las candidaturas Los estudiantes pueden, a través de medios informáticos o de comunicación, contactar el Ateneo escogido para señalar a cual curso de licenciatura magistral (3+2 años) querrían matricularse y suministrando copia de la documentación de estudio de manera que pueda consentir una preventiva evaluación de cada candidatura. La efectiva pre-inscripción al curso es posible de toda manera sólo según los previstos procedimientos por medio de las Representaciones diplomático-consulares.
I.4. Matriculaciones a condiciones agevoladas El estudiante puede adjuntar a la solicitud uno de los siguientes documentos:
• Diplomas de lengua y cultura italiana conseguidos en las Universidades para Extranjeros de Perugia y
de Siena al final de un curso de estudios.
• Certficados de competencia en lengua italiana entregado en Italia o al extranjero – en convención con
los Institutos italianos de Cultura o otros sujetos – por: Universidad para Extranjeros de Perugia, Universidad para Extranjeros de Siena, Universidad de Roma Tre, Universidad para extranjeros no estadal legalmente reconocida “Dante Alighieri de Reggio Calabria”; Sociedad “Dante Alighieri”.
• Atestados de asistencia entregados por universidades que hayan instituido cursos tambien con la
convencion de otras instituciones formativas, organismos locales y regiones.
I.5. Visado de entrada por razones de estudio/Universidad Constituye único título válido para el desarrollo de los procedimientos relativos a la matriculación el visado de entrada entregado por razones de estudio/Universidad.
Para obtener el visado de entrada entregado por razones de estudio/Universidad y, después, del permiso de residencia el estudiante extranjero tiene que mostrar la disponibilidad en Italia de los medios de sustentamiento suficientes, comprobada mediante garantías económicas personales o suministradas por Instituciones y Organismos italianos de seguro crédito, incluidas las Universidades, por Gobiernos locales, por Instituciones y Organismos extranjeros considerados fiables por la Representación diplomática italiana por un montante no inferior a euros 350,57 mensuales, por cada mes del año académico.
La sola candidatura a una beca de estudio del Gobierno italiano no constituye documento de cobertura económica.
Por la cobertura asegurativa, para cuidados médicos y ospitalizaciones son admitadas las siguientes formulas:
• a) declaración consular que certifique el derecho a la asistencia sanitaria que venga de Acuerdo entre
• b) póliza de seguros extranjera, acompañadas por declaración consular sobre su validez en Italia,
sobre su duración y sobre las formas de asistencia previstas;
• c) póliza de seguros con Organismos o sociedades nacionales.
I.6. Cumplimientos en el momento de la llegada en Italia Dentro de ocho días de la llegada en Italia los candidatos tienen que presentar la petición del permiso de residencia por estudio a la Comisaría competente de la ciudad en la cual quieren establecerse. La solicitud tendrá que ser presentada mediante las Oficinas postales, valiéndose de la ventanilla instituida en los Ateneos. El estudiante extranjero será convocado, después, en Comisaría por media de sms y carta certificada. Informaciones en los procedimientos pueden ser adquiridas a través de:
• el sitio www.portaleimmigrazione.it, para las informaciones generales sobre le procedimientos; • el número verde gratuito 800.309.309 que suministra informaciones generales y la dirección de los
Comunes y de los Patronatos por medio de sms;
• el número verde gratuito 803.160 para conocer la dirección de las Oficinas postales habilitadas.
Los estudiantes croatas pendulares, así como los ciudadanos extranjeros regularmente residentes en la República de San Marino son dispensados de la obligación de la solicitud del permiso de residencia porque la matriculación ocurre a través de la exhibición del visado de entrada. A los familiares extranjeros de un ciudadano comunitario es entregada, por el Jefe de Policia del lugar donde tiene su residencia, un permiso de residencia para los familiares del ciudadano comunitario que no tienen la ciudadanía de un Estado miembro de la Unión Europea, y un permiso de residencia permanente para los familiares que no tienen la ciudadanía de un Estado miembro.
I.7. Documentación útil para participar a las pruebas de admisión Los candidatos se presentan a las pruebas de examen en la Universidad escogida con el pasaporte y el visado de entrada para razones de estudio o del permiso de residencia, o del recibo entregado por la Oficina postal que averigue la solicitud del permiso.
I.8. Admisión “con reserva” a las pruebas Los candidatos son admitos a las pruebas con reserva en los seguientes casos:
1. a la espera de la entrega del necesario permiso de residencia; 2. en el caso en el cual las solicitudes de preinscripción y la relativa documentación, ya enviadas por las
Representaciones a las Universidades con reserva, no hayan sido todavía dotadas de los documentos de estudio necesarios.
I.9. Prueba de conocimiento de la lengua italiana Se desarrolla en la sede universitaria escogida por cada candidato y es obligatoria para todos los cursos universitarios.
No puede ser admitido a las ulteriores pruebas de concurso o aptitudinales – si previstas – los que no hayan pasado la prueba de lengua italiana.
En lo concerniente a los cursos de licenciatura magistral no en ciclo único, autónomas decisiones de los Ateneos pueden prever la superación de la prueba de conocimiento de la lengua italiana.
I.10. Dispensa de la prueba de conocimiento de la lengua italiana
Son dispensados del examen preliminar de lengua italiana y son matriculados independientemente del número de las plazas reservados: Para las matriculaciones a los cursos de licenciatura y de licenciatura magistral a ciclo único
• a) los estudiantes en posesión del diploma de educación secundaria de segundo nivel de duración
quinquenal o también cuatrienal (si obtenido en las escuelas italianas al extranjero);
• b) los poseedores de certificados complementarios al título final del premier ciclo de la ESO
obtenido en Argentina, que testimonien la asistencia a un curso de estudios comprensivo de la enseñanza, por lo menos 5 años, de la lengua italiana;
• c) los estudiantes que hayan obtenido un diploma de lengua y cultura italiana en las Universidades
• d) los estudiantes que hayan obtenido las certificaciones de competencia en lengua italiana, a nivel
C1 y C2 del Consejo de Europa, por la Tercera Universidad de los estudios de Roma, por las Universidades para Extranjeros de Perugia y de Siena, por la Universidad para extranjeros no estadal legalmente reconocida “Dante Alighieri de Reggio Calabria”; Sociedad “Dante Alighieri”, también en convención con los Institutos italianos de Cultura al extranjero u otros sujetos, o certificados de asistencia entregados por otras universidades que hayan instituido cursos convencionados con instituciones formativas, organismos locales y regiones.
Para las matriculaciones a los cursos de licenciatura magistral no a ciclo único (en el caso la prueba sea prevista por el Ateneo): los estudiantes en posesión de los títulos indicados en las precedentes letras c) y d) Son de todas formas despensados de la prueba de lengua italiana pero sometidos al límite del específico contingente de plazas reservados a los ciudadanos extranjeros residentes al extranjero:
• los estudiantes que hayan obtenido las certificaciones de competencia en lengua italiana, al nivel no
inferior a B2 del Consejo de Europa, por la III Universidad de los estudios de Roma y por las Universidades para Extranjeros de Perugia y de Siena, por la Universidad para extranjeros no estadal legalmente reconocida “Dante Alighieri de Reggio Calabria”, y por la Sociedad “Dante Alighieri”, también en convención con los Institutos italianos de Cultura al extranjero u otros sujetos, o certificados de asistencia entregados por otras universidades que hayan instituido cursos convencionados con instituciones formativas, organismos locales y regiones.
Pueden ser despensados gracias a las autónomas decisiones de cada Ateneos:
• los candidatos en posesión de certificados de asistencia entregados por otras Universidades que
hayan instituido cursos convencionados con instituciones formativas, organismos locales y regiones, o de certificaciones obligatoriamente obtenidas en sus Países para la entrega del visado de entrada por las Universidades para Extranjeros de Perugia y de Siena, por la Tercera Universidad de los estudios de Roma, por la Universidad para extranjeros no estadal legalmente reconocida “Dante Alighieri de Reggio Calabria”, y por la Sociedad “Dante Alighieri”;
• los candidatos en posesión de certificación de conocimiento de la lengua italiana, obligatoriamente
obtenda en sus Países para la entrega del visado de entrada por las Universidades para Extranjeros de Perugia y de Siena, por la Tercera Universidad de los estudios de Roma, por la Universidad para extranjeros no estadal legalmente reconocida “Dante Alighieri de Reggio Calabria”, y por la Sociedad “Dante Alighieri”.
I.11.Exámenes de admisión
Son obligatorios los exámenes de admisión a los cursos individuados por las Universidades cuyas fechas serán establecidas por cada Ateneo. Es admitida la partecipación a las pruebas de admisión a los cursos programados tanto en base a la solicitud de preinscripción como en base a eventuales autónomas modalidades establecidas por las Universidades. I.12. Resultados de las pruebas de admisión a los cursos de licenciatura y de licenciatura magistral programados y formación de las listas
Dentro de quinze días del desarrollo de las pruebas de admisión a los cursos universitarios con acceso programado, cada Univrsidad elabora y expone dos diferentes listas (para cada curso universitario) de los candidatos que hayan pasado las pruebas, una de las cuales comprendiente los ganadores de las plazas disponibles en el contingente reservado.
I.13. Puestos disponibles en el ámbito de cada contingente Los estudiantes que no se hayan clasificado en la lista en posición útil respeto a las plazas a ellos reservadas pueden presentar sólo una solicitud de:
• a) admisión a otro curso universitario en la misma sede; • b) volver a asignar, para el mismo curso universitario o para otro, a otra sede.
I.14. Inscripción Las informaciones relativas a las matriculaciones son adqueridas en cada sede universitaria. Si en el momento de la matriculación el estudiante extranjero no resulta en posesión del prescrito tíitulo de residencia, la inscripción al pedido curso de licenciatura o de licenciatura magistral es efectuada con reserva hasta la fecha del 31 de marzo del año sucesivo a lo de presentación de la solicitud. En estas circunstancias, sobre solicitud del competente Ateneo, la Comisaría enviará una comunicación para la efectiva entrega del permiso de residencia, o a la eventual adoción de una providencia de rechazo de la solicitud dentro de – y no más – el sucesivo mes de junio.
I.15. Entrega de los documentos Los candidatos definitivamente excluidos obtienen directamente o, bajo su solicitud, vía posta, la documentación presentada, por los Ateneos que informan la Representación italiana competente en el País de proveniencia. Dentro del límite máximo del 31 de marzo del año sucesivo a lo de presentación de la solicitud, los interesados obtienen la entrega de las solicitudes. Los candidatos que no pasan las pruebas o no obtienen ni la admisión a otro curso universitario ni la asignación a otra sede, tienen que partir de Italia dentro de – y no más – la caducidad del visado o del permiso de residencia para estudio, excepto si no tienen otro título de residencia que permita quedarse legalmente más allá de esta fecha.
I.16._Prórroga del permiso de estancia Los estudiantes, sucesivamente a la matriculación a un curso universitario, tienen que pedir al Comisario de la Provincia donde se encuentran, la renovació del permiso de residencia para el año entero, por lo menos trenta días antes de la caducidad. Los permisos de residencia para motivos de estudio/Universidad son renovados “a los estudiantes que en el primer año del curso hayan pasado una prueba de profito y en los años sucesivos por lo menos dos verificaciones”, como decidido por las Universidades en términos de créditos. Por graves razones de salud o de fuerza mayor, documentados, el permiso de residencia puede ser renovado también al estudiante que haya pasado sólo una verificació de profito.
Las direcciones actualizadas de las Universidades italianas son disponibles en el sitio web del MIUR (www.miur.it) según los siguientos trayectos:
studenti e diritto allo studio>cerca università;
2. Comunitarios, residentes en Italia, italianos
Ciudadanos comunitarios por doquier residentes y ciudadanos extranjeros regularmente residentes en Italia. Ciudadanos italianos con título de estudio conseguido al extranjero. 1. Disposiciones generales 2. Presentación solicitudes de inscripción 3. Documentos de estudio 4. Título de residencia 5. Ciudadanos italianos en posesión del título obtenido al extranjero
II. 1. Disposiciones generales
Los candidatos comunitarios por doquier residentos y los no comunitarios regularmente residentes en Italia, acceden sin limitaciones de contingente:
A) a los cursos de licenciatura y de licenciatura magistral a ciclo único:
• si en posesión de un título de estudio válido y de la documentación indicada al Capítulo 1,
párrafo 1 (documentos obligatorios para la solicitud).
Son aceptadas “con reserva” las solicitudes de los que asistan al último año de la escuela secundaria y de los que vayan a hacer los exámenes especiales de idoneidad académica previstos por el ordenamiento escolástico cuyo título de estudio se refiere.
B) a los cursos de licenciatura magistral no a ciclo único:
• si en posesión de un título de estudio entregado por una Universidad o de un título post-
secundario conseguido en un Instituto superior no universitario que permita, in loco, la prosecución de los estudios universitarios al nivel sucesivo.
Son aceptadas “con reserva” las solicitudes de los que, aunque habiendo acabado el curso de estudios, no sean todavía en posesión materialmente del relativo tíitulo.
II. 2. Presentación solicitudes de inscripción Los candidatos presentan la solicitud de inscripción directamente a la Universidad escogida, según las modalidades, los límites y la documentación establecidas por cada Ateneo.
• www.miur.it > Studiare in Italia • www.miur.it > studenti e diritto allo studio>studenti stranieri • www.esteri.it > politica estera > politica culturale > attività > cooperazione universitaria >
y pueden, de todas formas, ser solicitadas a las misma Universidades. Los candidatos residentes al extranjero pueden dirigirse, para informaciones, a las Representaciones italianas.
II.3. Documentos de estudio
Los títulos de estudio, entregados por autoridades extranjeras, tienen que ser acompañados por traducción oficial en lengua italiana, así como por legalización y “declaración de valor in loco “ al cuidado de la Representación diplomático-consular italiana competente en el territorio. A pesar de la obligación de traducción por el título de estudio, el estudiante puede averiguar si y para cuales lenguas extranjeras sea o no despensado del traducir también lo otros documentos a adjuntar. En los casos donde el título de estudio haya sido entregado por una escuela con ordenamiento diferente de lo del País donde el candidato resida o donde el candidato estudie o haya estudiado, el título tiene que ser, de todas formas, dotado de legalización y de “declaración de valor de la Representación italiana en el País al cuyo ordenamiento pertenece la escuela que lo entregó. En los casos donde el título de estudio haya sido entregado por una Universidad o por un Instituto superior no universitario tiene que, ser de toda formas, dotado de legalización y de declaración de valor de la Representación italiana en el país al cuyo ordenamiento pertenece la institución que lo entregó.
II.4. Título de residencia Los ciudadanos pertenecientes a los Países de la Unión piden la inscripción anagráfica al Ayuntamiento donde quieren establecer la propia residencia a las condiciones, modalidades y límites fijados por el decreto legislativo 6 de febrero de 2007, n.30.
II.5. Ciudadanos italianos en posesión de título de estudio obtenido al extranjero Los cnadidatos italianos en posesión de un título de estudio extranjero, que no haya sido declarado equipolente a un diploma italiano de educación superior, presentan la solicitud de inscripción directamente a la Universidad escogida según modalidades y límites autónomamente establecidos por cada Ateneo. La solicitud de inscripción podrá ser aceptada sólo si el título de estudio será acompañado también por la certificación consular que atestigue el efectivo cumplimiento de los estudios en instituciones escolásticas situadas al extranjero, con la excepción de los títulos entregados por las escuelas extranjeras en Italia, objeto de específicos acuerdos bilaterales.
O ADDITIVES LIST CODE SUBSTANCE Animal genes damage, possible risk to conception and cancer. Still being evaluated regarding reproductive toxicity. Linked to hyperactivity, skin rashes, migraines, behavioural problems, thyroid problems, chromosome damage. Banned in Norway and Austria. Linked to hyperactivity, skin rashes, asthmatics should avoid. Banned in USA and Norway - previously banne